Thursday, November 15, 2018

Espacios Aéreos

Existen básicamente 4 tipos de espacios aéreos: controlado, no controlado, de uso especial, y otros.  Usualmente están determinados por el tipo de aeronave que los utiliza, el flujo de aeronaves, y complejidad de las operaciones aeronáuticas, el nivel de seguridad requerido, interés público o nacional, etc.

Espacio aéreo controlado es todo aquel espacio aéreo donde algunas o todas las aeronaves están sujetas a control de tráfico aéreo (ATC).  Consiste en los llamados espacios clase A, B, C, D, E.



Figura 1.  Tipos de espacios aéreos.  AIM.

Clase A: se extiende desde los 18000 ft MSL hasta los 60000 ft MSL (FL600) y no está descrito en cartas seccionales VFR.  NO se permiten vuelos VFR en este espacio aéreo, todas las operaciones deben ser de acuerdo las reglas de vuelo por instrumentos.  Para ingresar a este espacio aéreo se requiere de radio de comunicaciones de dos vías, capaz de comunicarse en las frecuencias adecuadas de ATC, transponder, y para enero del año 2020 todas las aeronaves deberían tener instalado equipo de ADS-B-OUT

Clase B: se extiende desde la superficie hasta altitudes específicas para cada aeropuerto, aunque usualmente se toma una altitud de 10000 ft MSL como el techo estándar.  Además puede tener múltiples segmentos con diferentes formas y límites de altitud, por lo que ningún espacio aéreo clase B se parece a otro. Está señalado con líneas sólidas azules en la carta aeronáutica, y además se observan en números las altitudes específicas si existieran para el espacio aéreo.

Este espacio aéreo contiene por lo menos un aeropuerto primario, y se requiere AUTORIZACIÓN DE ATC ANTES DE ENTRAR AL ESPACIO AÉREO.  Una vez que se ingresa a dicho espacio aéreo, todas las aeronaves reciben servicio de separación por parte del ATC mientras permanezcan dentro de dicho espacio aéreo.

También se requiere por lo menos licencia de piloto privado para poder ingresar a la mayoría de estos espacios aéreos.  En algunos espacios aéreos clase B asociados a algunos aeropuertos, pueden ingresar pilotos estudiante si poseen el entrenamiento en tierra y en vuelo necesario, y además tienen una anotación en su bitácora de vuelo por parte del instructor de vuelo en los 90 días previos al vuelo.

Todo avión operando en Clase B ocupa radio de dos vías que sirva y pueda sintonizar las frecuencias de ATC necesarias, contactar el ATC y mantener comunicación.  También es necesario un transponder código 4096 con modo C (conocido como modo “charlie” y reporta altitud automáticamente). Es importante mencionar que se deben contactar las frecuencias apropiadas de ATC según la ubicación geográfica en relación al aeropuerto según las cartas aeronáuticas vigentes.

Figura 2. Espacio aéreo clase B.

Existe un “MODE C VEIL”, que es el espacio aéreo dentro de 30 millas náuticas de un aeropuerto dentro de un espacio aéreo clase B.  Se extiende desde la superficie hasta los 10000 ft MSL, y a menos que sea previamente autorizado, no se permiten operaciones si no se posee un Transponder modo C con reporte de altitud.  Si la aeronave no tuviera el equipo necesario y recibe autorización del ATC, debe permanecer fuera del espacio aéreo clase A, B, C, y por debajo del techo de los espacios aéreos clase B, C, o 10000 ft, el que sea más bajo.

Aeronaves bajo reglas VFR que no pretenden aterrizar en el aeropuerto asociado al espacio aéreo clase B, tienen que obtener la autorización ATC apropiada antes de ingresar al espacio aéreo, de lo contrario deberán permanecer fuera o por debajo de dicho espacio aéreo, o utilizar los corredores VFR adecuados.

Corredores VFR: Son corredores utilizados por ATC para poder dirigir tráfico a través del espacio aéreo clase B.  Se observan en las cartas aeronáuticas como flechas color magenta con punta a cada lado. Para poder utilizar estos corredores se requiere de autorización de ATC, Transponder modo C, y mantenerse de acuerdo a las rutas publicadas y las instrucciones de ATC.


Espacio Aéreo Clase C:  Espacio aéreo controlado alrededor de aeropuertos designados, donde el control de tráfico aéreo provee vectores de radar y secuenciación para todos los vuelos IFR y VFR.   En las cartas aeronáuticas se observa como una línea magenta sólida.

Todo avión que opera en este espacio aéreo, debe tener un radio de comunicación de dos vías, además de un transponder código 4096 modo C.  Comunicaciones con el control de tráfico aéreo deben establecerse antes de ingresar a este espacio aéreo, y las comunicaciones deben mantenerse mientras se permanezca dentro de dicho espacio aéreo.

Este espacio aéreo usualmente consiste de dos círculos concéntricos a un aeropuerto, con un radio máximo de 10 millas náuticas.  El primero es un área de superficie tiene un radio de 5 millas náuticas y se extiende desde la superficie hasta los 4000 ft AGL. El segundo círculo está ubicado sobre el primero, pero con un radio de 10 millas náuticas, iniciando a los 1200 ft AGL y extendiéndose a la misma altitud del primero.

Existe un área externa con un radio de 20 millas náuticas, en la cual las aeronaves que vuelan bajo reglas VFR deberían mantener comunicación con el ATC, pero no es un requisito obligatorio.

En aeropuertos satélites a un aeropuerto clase C, el espacio aéreo clase C termina con suficiente distancia para permitir el cambio de frecuencias y comunicaciones con la torre de control adecuada para el aeropuerto satélite, la cual brinda los servicios de separación apropiados.  Aeronaves que despegan de aeropuertos satélites sin torre de control, deben comunicarse con el ATC del espacio aéreo clase C tan pronto como sea posible luego del despegue.

Figura 3. Espacio aéreo clase C.

Espacio aéreo clase D: Se ubica en aeropuertos pequeños con torre de control, y se extiende desde la superficie hasta aproximadamente 2500 ft AGL, aunque la altitud puede variar según sea necesario. Puede incluir uno o varios aeropuertos, con un radio de 4 millas náuticas.  El tamaño real y su forma está determinado por las necesidades específicas, aproximaciones por instrumentos, etc.

Si la torre de control cierra operaciones, en ese momento el espacio aéreo clase D pasa a ser espacio aéreo clase E.  Algunas veces se observan extensiones del espacio aéreo clase D en forma de espacio aéreo clase E, para facilitar la transición de operaciones de vuelo por instrumentos en la porción en ruta hacia el espacio aéreo clase D.

Se observa en la carta aeronáutica con una línea azul discontinua junto a indicación numérica del techo de dicho espacio aéreo.   A menos que reciba una autorización específica, toda aeronave debe mantener comunicaciones con el ATC antes de ingresar al espacio aéreo, y mantener dichas comunicaciones mientras se encuentre dentro del mismo.


Figura 4. Espacio aéreo clase D

Espacio aéreo clase E: Mucho del espacio aéreo controlado clase E inicia a los 700 ft AGL asociado a aeropuertos no controlados para facilitar y acomodar operaciones IFR (también llamado espacio aéreo de transición, determinado en una carta aeronáutica por una viñeta color magenta) o 1200 ft AGL (conocido como Clase E en ruta, determinado en una carta aeronáutica por aerovías  o una viñeta azul si está rodeado por otros espacios aéreos).

El ancho de una aerovía es de 4 millas náuticas a cada lado del centro de la aerovía, y termina a los 17999 ft MSL.   Si no inicia a estas altitudes, es espacio aéreo clase E es todo aquel que inicia a los 14500 ft MSL y termina a los 17999 MSL.    Si existieran otras altitudes para este espacio aéreo, estarían indicadas por números en la carta aeronáutica.

Figura 5. Espacio aéreo clase E.

Figura 6. Espacio aéreo clase E.

Espacio aéreo clase E hasta la superficie: puede existir este espacio aéreo asociado a aeropuertos no controlados (Sin torre de control).  Está determinado por una línea discontínua color púrpura, y usualmente este espacio aéreo tiene el objetivo de proteger aproximaciones de precisión por instrumentos.

Figura 7.1.  Espacio aéreo clase E hasta la superficie y de transición.

Figura 7.2. Espacio aéreo clase E.


Pueden existir áreas donde el piso del espacio aéreo clase E tiene diferentes altitudes.  En estos casos se aprecia en la carta aeronáutica de la siguiente manera:

Figura 7.4 Diferentes pisos para espacio aéreo tipo E.

Espacio aéreo clase G: Espacio aéreo donde ATC no tiene ni control ni autoridad ni responsabilidad sobre las aeronaves volando en dicho espacio aéreo.  Cuando se pretende aterrizar en un aeropuerto con espacio aéreo clase G sin torre de control, se espera que el piloto realice todos los virajes hacia la izquierda, a menos que mediante algún medio de comunicación aprobado se indique lo contrario (círculo segmentado, chart supplement antiguamente llamado Airport Facility / Directory, Carta aeronáutica, etc).

Áreas prohibidas:  bloques de espacio aéreo donde no se permite operaciones de aeronaves.

Áreas restringidas: presencia de actividades inusuales, algunas veces invisibles, peligros a aeronaves, etc.  Ejemplos son áreas de disparos de artillería, misiles guiados, etc. Debe obtenerse permiso de la autoridad competente antes de ingresar a un área restringida.  De lo contrario es extremadamente peligroso para la aeronave y sus ocupantes.

Rutas IFR:  Solo se observan en las cartas aeronáuticas VFR de área terminal.  No aplican para vuelo VFR.

Figura 8.  Rutas IFR

Rutas de Entrenamiento Militar:  Fueron creadas como un trabajo conjunto entre el Departamento de Defensa y la FAA, con el fin de mantener activo el entrenamiento de pilotos militares, principalmente durante vuelo a bajo nivel.  Funcionan tanto para vuelos VFR como IFR. Usualmente se establecen por debajo de los 10000 ft MSL, y las velocidades de las aeronaves que las utilizan pueden exceder los 250 kts. Se observan como líneas negras continuas a lo largo de las cartas de navegación VFR, y como líneas marrón en las cartas de reglas IFR.  Junto a estas líneas se visualizan letras y números, los cuales identifican los segmentos y rutas específicas. La dirección de las flechas indica la dirección de vuelo dentro de la ruta.


Figura 9.  Rutas de entrenamiento militar.

Cuatro números en la ruta militar indica que NO existen segmentos de la ruta con altitudes mayores a los  1500 ft AGL. Tres números o menos indican que SI hay segmentos de la ruta con altitudes mayores a los 1500 ft AGL.  El ancho de estas rutas puede variar de entre 4 millas náuticas a 16 millas náuticas.

Como nota importante, las aeronaves no participantes pueden de hecho volar a través de las rutas de entrenamiento militar, no existe ninguna prohibición al respecto.  Sin embargo, debido a las altas velocidades y al tipo de maniobras que se llevan a cabo en esas rutas, es muy difícil ver y evitar las aeronaves militares. Por lo tanto, es una buen práctica evitar estas rutas, y de no ser posible, volar con extrema vigilancia.

Referencias.

  1. Commercial Pilot Test Prep. ASA.
  2. Pilots Handbook of Aeronautical Knowledge. Chapter 15, Airspace. FAA 2017.
  3. Aeronautical Information Manual.  Official Guide to Basic Flight Information and ATC Procedures. FAA 2015.
  4. AOPA.  Airspace Flashcards. 2014.
  5. AOPA.  Saluting MTRs.